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GUIA PARA LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA
Propuesta de actuación para formalizar la objeción de conciencia ante la asignatura y contenido de “Educación para la Ciudadanía”
Vea nuestro modelo para la objeción
A. ¿Quienes pueden realizar la objeción?.
Pueden formalizarla los padres/madres de hijos que se encuentren en cualquier edad del periodo educativo, salvo en estudios universitarios. Incluso aunque aún no tengan que cursarla en el próximo curso educativo y aunque aún falten varios años para que la cursen. Nuestros hijos forman parte del sistema educativo y, por tanto, serán alumnos de esta asignatura en cuanto les corresponda por edad.
Los alumnos que, aún siendo menores de edad, tengan un mínimo de 14 años. Aunque no cuenten con la mayoría, lo cierto es que ellos son los sujetos pasivos de esta actividad, y la propia ley le reconoce derechos en la actividad del centro, e incluso derecho a participar en la elección de sus representantes y, por medio de estos, formar parte del Consejo Escolar.
B. ¿Cuándo se debe comunicar la objeción de conciencia?
En cualquier momento. Es preferible cuando se hace la matriculación, pero los padres lo pueden decidir en cualquier momento del curso.
C. Mi hijo aún no tiene que cursarla, ¿tendrá que hacerlo en unos años?
La extensión de la asignatura es paulatina, por lo que Incluso los niños que aún no la reciban, tendrían que planteárselo para próximos curcos escolares.
PASOS PARA FORMALIZARLA Y CONSEJOS DE INTERES.
1. Obtener modelo para formalizar la objeción. Puede usarse el que se acompaña.
2. Rellenado el impreso con los datos del padre y madre, los del alumno y el centro, debe presentarse en:
a. El Centro educativo en el que cursa estudios nuestro hijo/a
b. La Delegación Provincial de la Consejería de Educación (los padres con hijos no escolarizados o en guardería deben presentarlo en la Delegación de Educación).
La Delegación Provincial de Educación de Granada se encuentra en la Calle Gran Vía, n. 56.
En ambos casos debe presentarse en el registro de entrada, y exigir que nos sellen la copia (debemos llevarla preparada) y hagan constar la fecha de registro.
Para el caso de que en el Centro educativo no nos quisieran tomar el escrito, por razones como “aquí no va a afectar eso”, “lo tienen Vd. que presentar ante la Delegación, pero no aquí”. “nosotros no tenemos instrucciones”, etc., insistir y exigir que la admitan. Están obligados a recogerla y, si no tuviesen sello, a hacer constar en la copia la fecha de recepción y la firma de quien lo recibe, con indicación de su cargo o responsabilidad.
Una vez efectuados esos pasos, sólo cabe esperar la respuesta de la autoridad educativa.
En caso de amenazas del tipo de :
· si presentas eso, tu hijo puede salir perjudicado.
· Tu hijo no va pasar de curso.
· Afectará a las otras notas.
· O cualquier otra, comunique la existencia de dichas amenazas a esta plataforma (Asesoría).
Contamos con la colaboración de varios gabinetes de Abogados de Granada que ayudarán gratuitamente a los padres en cualquier incidencia del proceso, y ante cualquier presión, coacción o amenaza, por burda o sutil que ésta pueda ser.
Últimos consejos.
La objeción de conciencia es derecho legal, amparado por nuestra Constitución y reconocido reiteradamente el Tribunal Constitucional
Es conveniente que las Asociaciones de Padres tengan conocimiento de las objeciones formuladas. También podemos remitir copia a “la rosa blanca en granada”, al correo larosablancaengranada@gmail.com, o a cualquier otra entidad que pueda efectuar un seguimiento, como el Foro de la Familia o Profesionales por la ética.
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